“Rechazamos la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México por violentar a la Constitución del Estado Libre y Soberano de México” sostuvo el líder del Partido del Trabajo.
Toluca, Méx.- El dirigente estatal del Partido del Trabajo del Estado de México, Norberto Morales Poblete,rechazó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México por violentar a la Constitución del Estado Libre y Soberano de México, en relación con la resolución tomada por dicho tribunal el 16 de agosto del presente en donde los Magistrados Raúl Flores Bernal, Presidente, Jorge E. Muciño Escalona, Leticia Victoria Tavira, Martha Patricia Tovar Pescador y Víctor Oscar Pasquel Fuentes, actuaron por consigna para favorecer a los partidos mayoritarios Morena, PRI, PAN, en agravio del Partido del Trabajo.
En conferencia de prensa, el líder del PT señaló que con lo anterior queda demostrado una vez más el temor del Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, al desconfiar de los tribunales electorales, toda vez que el PT –dijo- cumple perfectamente con lo dispuesto en el Artículo 39 de la Constitución del Estado Libre y Soberano de México en materia de representación proporcional y paridad de género.
No obstante, el TEEM “aplicó la paridad de género” dejando fuera de la próxima legislatura local a Joel Cruz Canseco, quien incluso la dirigencia del PT lo había nombrado coordinador de la bancada en la LXI Legislatura.
Al respecto, Morales Poblete aseguró que el PT cumple lo establecido en la fracción III de dicho artículo en donde se señala que, realizada la distribución anterior, se procederá a asignar el resto de las diputaciones de representación proporcional, conforme a la fórmula establecida en la ley, respetando el principio de paridad de género.
Situación que no ocurre con los partidos políticos PAN, MORENA y PRI que fueron los que menos se ajustaron al principio de paridad establecido por el IEEM ya que al PT le correspondieron cuatro diputados: dos hombres y dos mujeres; PAN 9 hombres y dos mujeres; Morena 14 hombres y 11 mujeres; PRI 12 hombres y 10 mujeres.
“Sostenemos que, atendiendo la lógica elemental, la ley y la constitución, los partidos políticos que resultaron más inequitativos en materia de paridad de género son en los que se deben ajustar a las modificaciones de asignación de diputados de representación para cumplir el principio de paridad de género”, acentuó.
Por lo que consideró que el TEEM actuó dolosamente ya que el ajuste correspondiente inició por los partidos con menor votación, independientemente de que éstos hayan sido los más paritarios, lo que atenta contra la Constitución y la ley para beneficiar a los partidos mayoritarios (MORENA, PRI, y PAN).
“En síntesis, la actuación del Tribunal al aprobar por unanimidad de los magistrados la sentencia mencionada, se aleja de la imparcialidad y la justicia, para desgraciadamente plegarse a intereses políticos” puntualizó.



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